MC rechaza la prescripción colaborativa de medicamentos que precisen receta médica

Metges de Catalunya (MC) reitera en un documento de posicionamiento su rechazo a la prescripción colaborativa de medicamentos que precisan receta médica, tal como prevé la ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, y delimita el controvertido decreto que aprobó el gobierno español a finales de 2015. Esta normativa regula la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados fármacos sujetos a prescripción médica por parte del personal de enfermería, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que deben ser acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros, y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Sin embargo, el sindicato considera que el hecho de que un facultativo establezca una medicación a un paciente crónico no determina que, a partir de ese momento, el enfermero pueda modificar la dosis o el tratamiento siguiendo un protocolo concreto. Para la organización, la atención al paciente "debe ser individualizada y adaptada a cada momento" y, por tanto, "no puede quedar encasillada únicamente a un protocolo".

Ahora bien, como esta prescripción colaborativa está prevista por la ley, MC exige que, como mínimo, se "respete el derecho de los facultativos a no delegar el seguimiento de los pacientes crónicos" y, al mismo tiempo, pide que se cumplan de manera estricta los procesos de acreditación formativos de enfermería, dado que la formación necesaria para prescribir eficazmente y con conocimiento de causa, minimizando los riesgos de error y la iatrogenia, solo la otorga la carrera de medicina.

Asimismo, reclama que los protocolos se elaboren y se acrediten conjuntamente por médicos y enfermeros, circunstancia que no se ha dado en la reciente "Propuesta de mejora de la representación de los ámbitos de responsabilidad enfermera en el sistema de información asistencial de Atención Primaria y Comunitaria (e-CAP)" redactada por el Institut Català de la Salut (ICS), y, finalmente, el sindicato requiere que se informe "constantemente” a los facultativos –máximas autoridades en el proceso terapéutico– sobre el evolución de sus pacientes.

Por otra parte, el posicionamiento de MC también muestra el desacuerdo de la organización con la indicación enfermera de medicamentos no sujetos a receta médica, cuando ésta se produce en el marco de un centro sanitario. "Aunque existan medicamentos que se pueden obtener sin receta médica, entendemos que su prescripción va más allá de la simple dispensación que se puede hacer en una oficina de farmacia", argumenta la entidad. "Como cualquier tratamiento –añade– forma parte de un proceso y su prescripción debe ir precedida, indudablemente, de un diagnóstico que es una facultad médica".

Por el contrario, el sindicato acepta que el enfermero pueda indicar de manera autónoma productos sanitarios, siempre que en la indicación aparezca el nombre del profesional y éste se haga responsable, tanto de la prescripción como del gasto generado.