Metges de Catalunya (MC) y el resto de organizaciones que integran la Plataforma Sindical Unitaria (SATSE, CCOO, UGT, CATAC, USAE, USOC y CSIF), han interpuesto este miércoles 40 conflictos colectivos ante el Tribunal Laboral de Catalunya, contra cada una de las empresas concertadas del sector sanitario, sociosanitario y de salud mental que no abonaron la paga extraordinaria de Navidad de 2012 a sus trabajadores.
Los sindicatos entienden que la decisión unilateral de las empresas de no pagar la paga extra al personal laboral, en virtud del Real Decreto Ley 20/2012 del gobierno español de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria, "es contraria a derecho", ya que consideran que la norma no es de aplicación a los trabajadores de la red sanitaria concertada (XHUP).
Argumentan que las medidas de austeridad descritas en este real decreto solo afectan al personal sujeto a la normativa de la Función Pública, en concreto al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), que es "precisamente" la norma que permite aplicar el principio de limitación presupuestaria sobre el que se sustenta la supresión de la paga de Navidad.
Además, recuerdan que las empresas sanitarias concertadas no pertenecen al sector público, desde un punto de vista jurídico: según el Real Decreto Legislativo 3/2011 que aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, las empresas que se financian mayoritariamente con ingresos obtenidos con la prestación de servicios, como es el caso de las entidades de la XHUP, "quedan excluidas del sector público".
En este sentido, los representantes sindicales subrayan que las empresas de salud concertadas operan "con total autonomía presupuestaria en el ejercicio de sus funciones" y se vinculan con sus trabajadores "mediante contratos de trabajo privados", pautados por un convenio colectivo también de naturaleza privada.
Por todo ello, las organizaciones integrantes de la Plataforma Sindical Unitaria solicitan al Tribunal Laboral que declare el derecho de los trabajadores de la XHUP a cobrar "íntegramente" la paga de Navidad de 2012 o, subsidiariamente, que anule la decisión empresarial de no abonar esta retribución extraordinaria y declare el derecho del personal a cobrar la parte proporcional de la extra de Navidad desde el 21 de diciembre de 2011 hasta la entrada en vigor del Real Decreto 20/2012, el 15 de julio de 2012.
Con la interposición de estos conflictos colectivos, que llevarán a las partes implicadas a comparecer ante la autoridad judicial en los preceptivos actos de conciliación, quedan cubiertas todas las reclamaciones del personal laboral, sin que sean necesarias las demandas por parte de los comités de empresa de los diferentes centros de trabajo.
Esta acción se complementa con el recurso administrativo que los mismos sindicatos presentaron a finales de enero contra la supresión de la paga de Navidad a los trabajadores del Institut Català de la Salut (ICS).