Metges de Catalunya (MC) ha firmado este miércoles el III Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud (ICS). Tras casi dos años de negociaciones, con una primera fase marcada por las dilaciones y retrasos por parte de la empresa pública, finalmente se ha aprobado el nuevo convenio colectivo de los más de 50.000 trabajadores del ICS, transcurridos 17 años desde el anterior pacto. El sindicato médico ha estampado su firma para garantizar las mejoras laborales y retributivas que se incluyen para el personal facultativo, pero ha avisado que el aval al acuerdo "no comporta renunciar a nada" y ha afirmado que seguirá reivindicando, "desde dentro", todo lo que aún no se recoge en el nuevo pacto de relaciones laborales. Se trata del primer acuerdo que cuenta la firma de MC, puesto que el anterior convenio (2006) salió adelante sin la aprobación de la organización sindical mayoritaria del colectivo médico.
A pesar de su firma, durante el proceso negociador MC ha constatado que en la Administración todavía existe una "falta de sensibilidad" respecto a problemáticas que impactan muy directamente sobre el bienestar y la motivación de los facultativos. Así, cuestiones como la conciliación o la sobrecarga de trabajo "no se han visto corregidas en el pacto con medidas concretas y efectivas".
La decisión de firmar el III Acuerdo ha sido "muy reflexionada", ha destacado el sindicato, y responde a un trabajo "arduo e intenso" del equipo negociador de MC. Igualmente, la organización ha querido enfatizar que la consecución de mejoras "no habría sido posible sin la fuerza de las movilizaciones de los facultativos y sin el trabajo silencioso de la mesa médica bilateral". Sin embargo, también ha remarcado que, en último término, han sido los 79 delegados y delegadas de la organización en el ICS (segunda fuerza sindical en número de representantes en la sanidad pública) los que han decidido, en una “asamblea soberana”, el voto positivo al pacto.
Además, gracias a la firma, el sindicato estará legitimado para denunciar el convenio y solicitar la apertura de un nuevo proceso negociador. "No pueden volver a pasar 17 años entre la aprobación de un convenio y otro".
Por último, la organización ha destacado que su presencia en las comisiones de seguimiento del III Acuerdo es la "única garantía" para que las preocupaciones y demandas del personal facultativo sean defendidas y tratadas con la Administración, ya que "ningún otro interlocutor tiene el interés ni la representatividad por hacerlo”.
Resumen de mejoras logradas
>> Jornada laboral
- Jornada unificada de 1.642 horas anuales para todo el personal facultativo.
- Jornada de cuatro mañanas y una tarde semanal para los facultativos de ámbito hospitalario, distribuida:
- Mañana de 8h a 15.30 horas
- Una tarde a la semana, con dos opciones:
- Hasta las 20 horas, si se hace en cinco días
- Hasta las 21 horas, si se realiza en un mismo día la jornada de mañana y tarde
- Para los profesionales con más de 3 años de antigüedad, la jornada de tarde semanal no será obligatoria, sino voluntaria.
- Creación en un plazo de tres meses de una comisión de seguimiento sobre la conciliación del personal facultativo.
- Limitación de la jornada anual máxima a 2.187 horas, equivalentes a 48 horas semanas, sumando jornada ordinaria, complementaria, módulos de guardia y el acrecentamiento por contingente adicional realizado fuera de la jornada ordinaria
>> Guardias
- Regulación de las guardias localizadas o de llamada, que computará como jornada efectiva y se retribuirá como presencial si se requiere la presencia del profesional, incrementando la retribución en una hora de trabajo en concepto de desplazamiento.
- Exoneración voluntaria de las guardias localizadas a partir de los 50 años de forma progresiva:
- 1 enero 2024, profesionales que cumplan 60 años
- 1 enero 2025, profesionales que cumplan 55 años
- 1 enero 2027, profesionales que cumplan 50 años
- Blindaje del descanso posguardia.
- Establecimiento de un máximo obligatorio de cuatro guardias mensuales, una de las cuales en festivo.
>> Carrera profesional
- Reconocimiento de todos los años efectivamente trabajados en el sistema público de salud para solicitar los diferentes niveles de carrera profesional.
- Reconocimiento automático del nivel de carrera profesional que acrediten los facultativos provenientes del SISCAT.
- Mejora de la puntuación en los factores de actividad asistencial y formación, así como la eliminación de tope máximo para poder cambiar de nivel.
>> Objectivos (DPO)
- DPO pactadas y firmadas durante el primer trimestre del año, excluyendo la inclusión de objetivos a realizar fuera de la jornada de trabajo.
- Derecho a percibir DPO si se superan los 175 días anuales de trabajo en el ICS para cualquier tipo de nombramiento y duración contractual.
>> Retribuciones
- Equiparación del precio de la hora de guardia al de la sanidad concertada.
Mejora del complemento específico para el personal médico de atención primaria.
Nuevo tramo del complemento específico para desplazamientos a domicilios, consultorios locales, residencias y otros servicios comunitarios.
Nuevo tramo del complemento específico para los lugares de difícil cobertura de atención primaria.
Nuevo complemento retributivo de continuidad asistencial.
Incremento del complemento de carrera profesional a partir del segundo nivel.
Pago de la media de las guardias trabajadas los 12 meses anteriores en los casos de baja laboral por accidente de trabajo, enfermedad profesional, riesgo durante el embarazo, permiso maternal y paternal y permiso por adopción. - Nuevo complemento de exoneración de guardias por edad:
- 2.000€ anuales, si se solicita la exención a los 50 años
- 2.500€ anuales, si se solicita a los 55 años
- 3.000€ anuales, si la exención se solicita a partir de los 60 años