MC alerta al ICS que la visita virtual no puede ser obligatoria en la derivación de pacientes al especialista

Metges de Catalunya (MC) advierte del Institut Català de la Salut (ICS) que la práctica de programar una visita virtual con el especialista por parte del médico de familia o pediatra como requisito previo a la visita presencial, no puede convertirse en obligatoria. El sindicato ha detectado que desde algunos servicios de atención primaria (SAP) del ICS se exige que los especialistas realicen una visita virtual antes de decidir si ven o no los pacientes, de modo que, por medio de la valoración previa del facultativo de primer nivel o con el apoyo de recursos gráficos, el especialista opta por programar una visita física, aconsejar un tratamiento al médico de primaria o solicitar una exploración complementaria, sin haber tenido ningún contacto con el paciente.

La organización considera que se trata de una práctica "no exenta de riesgo" porque, por una parte, el médico especialista se ve forzado a "emitir un juicio clínico a partir de elementos telemáticos que pueden resultar incompletos o insuficientes", y, por otra, el facultativo de atención primaria "debe asumir el tratamiento y seguimiento de una patología para la que no dispone de recursos humanos y materiales suficientes”, generando una sobrecarga asistencial “insoportable". Esta situación, añade, "incrementa las posibilidades de cometer un error y comprometer la seguridad del paciente".

MC recuerda que la Asociación Médica Mundial (AMM), en su Declaración sobre las Responsabilidades y Normas Éticas en la Utilización de la Telemedicina, afirma que "el médico tiene libertad y completa independencia para decidir si utiliza o recomienda la telemedicina para su paciente" y que la decisión debe basarse en lo que resulte más beneficioso para su salud. El sindicato médico también muestra su preocupación por las consecuencias civiles y penales que pueda suponer un error de diagnóstico imputable al proceso asistencial virtual. En este sentido, la AMM asegura que el médico que pide opinión a otro "es responsable del tratamiento y de otras decisiones y recomendaciones entregadas al paciente". Sin embargo, el médico que no ha visitado al paciente "también es responsable ante el médico tratante de la calidad de la opinión que entrega y debe especificar las condiciones en que la opinión es válida". Además, "está obligado a no participar si no tiene el conocimiento, competencia o suficiente información del paciente para dar una opinión bien fundamentada".

Para evitar errores o situaciones de responsabilidad profesional por actos realizados con negligencia, la organización recomienda a los profesionales médicos que sigan las instrucciones del decálogo de buena praxis en visitas virtuales que MC presentó hace un año. En el documento, además de pedir que las visitas no presenciales tengan asignado un periodo de tiempo en las agendas y que se definan protocolos y circuitos consensuados de resolución de estos actos médicos, se puntualiza que la interconsulta entre profesionales no puede sustituir la visita especializada.