Permisos laborales para la participación de los trabajadores en les elecciones al Parlament de Catalunya del 21-D

Jueves, 16 Noviembre, 2017
Permisos laborals per a la participació dels treballadors en les eleccions al Parlament de Catalunya del 21-D

Les personas que trabajen el jueves 21 de diciembre, día de las elecciones al Parlament de Catalunya, tienen derecho a disfrutar de un permiso retribuido y no recuperable para poder ejercer derecho a voto.

Como carácter general se establece el siguiente criterio de asignación de permisos:

Horas de trabajo que coincidan con 
el horario de apertura de los colegios electorales (9.00 – 20.00 horas)

Permiso retribuido y no recuperable

4 o más horas

4 horas

Entre 2 y <4 horas

2 horas

Máximo 2 horas

Sin permiso

El momento de utilización de las horas concedidas para la votación lo podrá decidir la empresa.

Permisos para los presidentes de mesa, vocales y suplentes

 

Permiso retribuido y no recuperable

Presidentes mesa y vocales

Toda la jornada y una reducción de 5 horas al día siguiente

Suplentes

Permiso retribuido para presentarse en el colegio electoral y comprobar si deben quedarse

El resto de instrucciones y permisos para las personas trabajadoras que el día de las elecciones no disfruten del descanso semanal se pueden consultar en el Real Decreto 953/2017, del 31 de octubre, del Ministerio del Interior.

Metges de Catalunya (MC) pide a los afiliados que se encuentren con dificultades o que se les niegue el legítimo permiso para ejercer su derecho a voto que:
  1. Reclamen la negación del permiso por escrito.
  2. Se pongan en contacto con el sindicato para que exija a la empresa o entidad que cumpla la disposición del Ministerio y no vulnere un derecho básico y fundamental de una sociedad democrática.


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