El Tribunal Supremo tendrá que decidir si el Sindicat de Metges de Catalunya (SMC-CESM) debe ser compensado económicamente por la incautación de su patrimonio histórico tras la Guerra Civil. Los abogados del sindicato han decidido llevar el caso al Supremo, después de que la Audiencia Nacional haya desestimado el recurso contencioso-administrativo, presentado por el SMC-CESM, contra la decisión del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de no aceptar a trámite el procedimiento de compensación.
Hace tres años, la asesoría jurídica presentó una demanda legal contra el Ministerio de Trabajo para reclamar el valor del edificio del Casal del Metge de Barcelona, situado en la Vía Layetana, 31. Este inmueble, que actualmente pertenece a Mutual Mèdica de Catalunya i Baleares, era propiedad del sindicato, cuando en 1940 el Ministerio de Gobernación del régimen disolvió la organización.
Para no perjudicar a Mutual Mèdica y al colectivo de profesionales que representa, la reclamación del SMC-CESM no solicita que le sea devuelto el edificio, sino que se le compense económicamente con más de 4 millones de euros, el valor del inmueble según una tasación hecha por un Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) y un ingeniero industrial superior en 1986.
El Ministerio de Trabajo rechazó el procedimiento, decisión contra la cual el sindicato interpuso un recurso contencioso-administrativo en febrero de 2001. Ahora, la Audiencia Nacional lo ha desestimado y deberá ser el Tribunal Supremo quien decida en última instancia.