La Administración ya puede aplicar el traslado forzoso a los médicos funcionarios. Según un estudio del gabinete jurídico del SMC-CESM, los cambios que se han producido en la Ley 30/84 de Reforma de la Función Pública con la entrada en vigor de la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (Ley de Acompañamiento de los Presupuestos generales del Estado para el 2001), prevén la posibilidad del traslado forzoso de funcionarios. En el caso de los médicos del Institut Català de la Salut (ICS), esta modificación permite que, a partir de hoy, se pueda legislar una nueva normativa que también afecte este colectivo en el mismo sentido.