Metges de Catalunya (MC) ha ganado una demanda de conflicto colectivo interpuesta el pasado mes de febrero contra el Consorcio Sanitario de Terrassa (CST) para el nombramiento de dos profesionales sanitarias no médicas como jefas de servicio.
Se trata de un logro pionero en el territorio, ya que es la primera vez que la justicia catalana manifiesta la necesidad de cumplir la confición de facultativo o facultativa para poder optar a este tipo de cargos. Así pues, el Juzgado de lo Social n1 3 de Terrassa ha determinado que las convocatorias para cubrir ambos cargos de dirección deberían quedar anuladas, dejando también sin efecto los nombramientos producidos.
“Esta es una demanda estratégica que ayuda a clarificar una frecuente confusión de competencias entre profesionales que acostumbra a estar creada por la Administración”, manifiesta el secretario general de la organización, Xavier Lleonart. Y es que, tal y como sostiene la sentencia, las tareas que han de llevar a cabo determinados cargos de gestión han de estar asumidas por profesionales con un nivel académico y de especialización técnica que en ningún caso debe ser inferior al del personal médico.
Así lo indican sentencias similares dictadas en otras comunidades autónomas, como Madrid, Navarra y Andalucía, que defienden que el personal facultativo especializado no puede ser evaluado por profesionales con un nivel académico diferente al suyo. Por lo tanto, aunque MC entiende que esta es una sentencia estimatoria que el CST podría recurrir, el sindicato celebra este primer logro y confía en que la justicia ratifique su posicionamiento.