El Supremo rechaza los recursos del ICS que tendrá que pagar la media de las guardias trabajadas en la nómina de vacaciones de los MIR

Jueves, 16 Enero, 2025
Tribunal Suprem

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite los recursos presentados por el Instituto Catalán de la Salud (ICS) contra dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que reconocían el derecho de los médicos internos residentes (MIR) de la empresa pública a percibir un complemento retributivo en la nómina de vacaciones, correspondiente a la media de las guardias trabajadas en los meses anteriores. De este modo, el máximo órgano judicial traslada el mensaje inequívoco, expresado también en sentencias anteriores, de que la retribución de las vacaciones del personal médico debe ser equivalente a los ingresos habituales y ordinarios del resto del año, lo que también afecta al colectivo de residentes.

Con esta decisión del Supremo, Metges de Catalunya (MC), como organización defensora de los derechos laborales de los jóvenes facultativos, espera que el ICS "abandone la vía de la judicialización", que se encuentra en un “callejón sin salida”, y asuma las deudas pendientes con los MIR que habían reclamado el pago del complemento de atención continuada en la nómina de vacaciones antes del Acuerdo de Gobierno de julio de 2023 que, supuestamente, establece y garantiza esta remuneración a los médicos y médicas en formación.

Sin embargo, el sindicato sigue monitorizando la situación, ya que no está claro que se esté incorporando el complemento de guardias "en tiempo y forma" en la nómina de los residentes. En caso de que se certifique el incumplimiento del acuerdo, MC acometerá las actuaciones jurídicas pertinentes.