Posicionamiento de MC respecto a la propuesta de mejora de la representación de los ámbitos de responsabilidad enfermera

Metges de Catalunya (MC) ha elaborado un posicionamiento sobre la “Propuesta de mejora de la representación de los ámbitos de responsabilidad enfermera en el sistema de información asistencial de Atención Primaria i Comunitaria (e-CAP)” del Institut Català de la Salut (ICS), donde se analiza punto por punto el contenido de este modelo que supone un “nuevo ataque” contra las competencias profesionales médicas.

Según el sindicato, la propuesta del ICS, que sustituye a la antigua delegación de enfermería, también se sustenta en "irregularidades competenciales", ya que continúa asignando al enfermero la capacidad del diagnóstico médico, vulnerando la normativa básica sobre la distribución de competencias entre los profesionales de la salud.   

De este modo, el nuevo modelo permite que los enfermeros, una vez hayan atendido pacientes crónicos o agudos, puedan hacer propuestas a los médicos sobre prescripción e incapacidad laboral transitoria (IT), así como cursar derivaciones a otros profesionales o pedir pruebas analíticas dentro del control de las patologías crónicas. Además, autoriza al colectivo de enfermería a supervisar los tratamientos anticoagulantes, a través de unos protocolos diseñados por el ICS.

Para cubrir legalmente estas actuaciones que invaden competencias médicas, la empresa pide al facultativo que avale telemáticamente las propuestas de enfermería, con el agravante de que no le asigna tiempo en la agenda para que las pueda analizar y evaluar, y la consiguiente sobrecarga laboral.

Por todo ello, MC rechaza categóricamente el uso de estas propuestas de enfermería e insta al ICS a que ponga en marcha los mecanismos necesarios (recuperación de la plantilla médica recortada en los últimos cinco años) para reducir la presión asistencial sobre los facultativos y no tener que transferir sus competencias a otros profesionales.

De hecho, el sindicato ha presentado a la Presidencia del Consejo de Administración del ICS una reclamación, en la que pide que proceda a “dejar sin efectos” este nuevo modelo que amplía las atribuciones enfermeras.

'Propuestas de enfermería'
Prescripción: MC considera que el médico es el único profesional que puede hacer un diagnóstico médico y una prescripción farmacológica, salvo el odontólogo y el podólogo para situaciones clínicas propias de su profesión.

Incapacidad laboral transitoria: MC recuerda que la normativa legal vigente explicita que el médico es el responsable legal de emitir la baja laboral, después de haber realizado la anamnesis, la exploración física y el diagnóstico. Además, también determina que es el responsable de hacer los controles necesarios desde el punto de vista clínico, administrativo y legal de la baja o alta.

Tratamientos anticoagulantes: MC reclama que cualquier actuación en el control del tratamiento anticoagulante en la atención primaria, que se escape del rango terapéutico establecido por los protocolos existentes, debe ser valorada por el médico.

Derivaciones: MC sostiene que el enfermero puede cursar derivaciones a su nombre sólo si previamente se han establecido unos protocolos, y con el conocimiento y aceptación del médico responsable del paciente. En estos casos el enfermero debería dejar constancia en el curso clínico de la fecha y el motivo de la derivación.

Solicitud de analíticas: MC entiende que el enfermero puede solicitar analíticas periódicas previstas en determinadas patologías crónicas y con protocolos establecidos. El resto de determinaciones analíticas forman parte del diagnóstico médico, según el sindicato, y, por tanto, exigen una valoración clínica médica previa.

Traslado sanitario: MC se remite a la instrucción del Servei Català de la Salut (CatSalut) que establece que los facultativos son los únicos profesionales con capacidad para indicar la prestación de un traslado sanitario. Sin embargo, el sindicato acepta que la valoración del estado del paciente, su situación socio-familiar y su capacidad y nivel de autonomía en traslados puede formar parte del ámbito competencial enfermero, pero considera que mientras no haya una instrucción específica que así lo determine, el responsable de esta indicación es el médico.