El TSJC reconoce el derecho de representación sindical a la hora de negociar la retribución variable por objetivos del médico

Lunes, 14 Abril, 2008

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dado la razón a Metges de Catalunya (MC), al reconocer el derecho de representación sindical a la hora de negociar la retribución variable en función de objetivos (DPO) de una médica del Hospital de l'Esperit Sant de Santa Coloma de Gramenet.

La resolución del TSJC estima el recurso de suplicación interpuesto por MC ante la sentencia del Juzgado Social nº 4 de Barcelona que limitaba los efectos de la negociación de la DPO a los particulares, con exclusión de la representación sindical. Para el tribunal, "en ningún sitio" del Convenio colectivo de los hospitales de la Xarxa Hospitalària d'Utilizació Pública (XHUP) se afirma que no se pueda delegar la citada capacidad negociadora en el sindicato.

MC ha defendido desde un principio el derecho de todo trabajador a delegar en sus representantes sindicales cualquier negociación salarial y laboral, incluyendo la retribución variable por objetivos, pese a no estar reconocida expresamente en la negociación colectiva.