Metges de Catalunya (MC) acusa a las patronales sanitarias de "omitir información" a sus asociados sobre los trámites a emprender para seguir aplicando al personal sanitario la regulación de la pensión de jubilación parcial, en las diferentes modalidades, requisitos de acceso y condiciones, vigentes antes de la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, que introduce modificaciones relevantes en el régimen jurídico de la pensión de jubilación.
Para esquivar estas modificaciones y continuar aplicando las condiciones de jubilación parcial pactadas anteriormente, los trabajadores afectados, los representantes sindicales o las empresas deben comunicar a las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) los pactos sobre jubilación recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o acuerdos colectivos de empresas, que hayan sido suscritos antes del día 2 de agosto de 2011, cuando entró en vigor la ley que modifica la regulación de la pensiones de jubilación.
A pesar de la falta de información por parte de las patronales y las empresas sanitarias, el sindicato tuvo conocimiento, por medio de sus servicios jurídicos, de la publicación del Real Decreto 1716/2012, de 28 de diciembre, que establece el procedimiento para justificar a cada empresa la existencia de convenios y acuerdos en materia de jubilación parcial. De este modo, desde principios de febrero, MC ha podido presentar ante las Direcciones Provinciales del INSS la documentación relativa a los centros de salud donde la organización tiene representación, salvaguardando así las condiciones de jubilación parcial de los trabajadores de estos centros.
Por su parte, la asociación patronal Consorci de Salut i Social de Catalunya (CSC) envió el martes, 26 de febrero, una circular a sus centros asociados informándoles sobre las disposiciones del decreto que establece los mecanismos para que los trabajadores que accedan a la pensión de jubilación parcial no se vean afectados por los cambios normativos introducidos por la Ley 27/2011. MC no tiene constancia de que las otras dos patronales del sector, la Unió Catalana d’Hospitals (UCH) y la Associació Catalana d’Entitats de Salut (ACES), hayan emitido un comunicado a sus asociados sobre esta cuestión.
El plazo para presentar al INSS la documentación finaliza hoy jueves 28 de febrero. Así, el sindicato critica que el CSC ha informado con "sólo dos días de margen de actuación", de martes a jueves, para que tanto las empresas como los representantes de los trabajadores puedan acreditar los compromisos de jubilación parcial recogidos en los convenios colectivos y los acuerdos empresariales. Para MC, las patronales y las empresas sanitarias han dejado a los trabajadores en una "situación de desprotección".
Regulación de la jubilación
La Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, implica cambios significativos en el sistema de protección social vigente en España.
Las modificaciones más relevantes se encuentran en el régimen jurídico de la pensión de jubilación. La edad de acceso a la jubilación se sitúa en los 67 años, aunque se mantienen los 65 años para aquellas personas que hayan cotizado 38 años y seis meses. Aún se desconoce, sin embargo, cómo afectarán los cambios legislativos a la jubilación anticipada y la jubilación parcial. El gobierno español se ha dado más tiempo para determinar cómo se regula el acceso a estas modalidades de jubilación.