El nuevo real decreto que regula la formación sanitaria especializada (FSE) es ya una realidad. Este martes, el Consejo de Ministros ha aprobado la norma que regulará la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, la creación de nuevos títulos de especialista y los requisitos para la obtención del diploma de Área de Capacitación Específica (ACE).
La nueva ley especifica que la FSE incluirá 12 ámbitos temáticos comunes que formarán parte de los programas formativos de todas las especialidades. Las competencias transversales serán: compromiso con los principios y valores del Sistema Nacional de Salud, la bioética, los principios legales del ejercicio de las especialidades en Ciencias de la Salud, la equidad y los determinantes sociales, la práctica basada en el evidencia, la seguridad de pacientes y de profesionales, la comunicación clínica, el trabajo en equipo, la metodología de la investigación, el uso racional de los recursos diagnósticos, terapéuticos y de cuidados y la capacitación digital de las personas especialistas.
La Comisión Permanente del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud elaborará los contenidos de estas competencias comunes y los revisará periódicamente.
Creación de nuevas especialidades y diplomas ACE
El real decreto establece que la propuesta de creación de un nuevo título de FSE se iniciará por parte de las sociedades científicas más representativas de cada área y deberá responder a criterios concretos, como las necesidades de salud de la población o la evolución y conocimientos científicos y tecnológicos. En el caso de los diplomas ACE, la propuesta procederá de las comisiones nacionales implicadas.
Una vez formuladas las propuestas, en un plazo máximo de seis meses, la Dirección General de Ordenación Profesional dictará resolución y, en caso de que sea favorable, se iniciará la elaboración de la norma para la creación de la especialidad o el ACE en el plazo de cuatro meses. Si es desfavorable, no se podrá presentar una nueva solicitud hasta cinco años después de la primera.
El acceso a las ACE compartirá algunas características con el MIR al adoptar también un sistema formativo de residencia. Se regulará de forma individual según la especialidad, establecerá un número determinado de plazas y se accederá mediante una convocatoria en la que se valorará el currículum profesional, docente e investigador de los especialistas, entre otras cuestiones. Los programas formativos y la evaluación de los profesionales para la obtención del diploma ACE también será similar a la de los MIR.
Novedades del MIR
La nueva norma de especialidades cierra la puerta de forma definitiva a la recuperación de la elección presencial de las plazas MIR. En este sentido, el real decreto determina que los aspirantes deben relacionarse obligatoriamente con la Administración por medios electrónicos, que también será la única vía de comunicación en el proceso de elección y adjudicación de plazas.
Por su parte, la ley de especialidades incrementa hasta el 10% el número de plazas MIR reservadas para extracomunitarios, hasta ahora limitadas al 4%. Así, el número máximo de plazas que se podrá asignar a los facultativos de fuera de la UE, siempre que hayan obtenido una puntuación en el examen MIR que les permita obtener plaza, no podrá ser superior al 10% del total de plazas ofertadas para la titulación de Medicina. Este aumento se produce en el MIR, pero no en otras titulaciones de FSE. Farmacia tendrá una limitación del 3% de extracomunitarios y Enfermería del 1%.
Por último, el real decreto abre una rendija para eliminar la nota de corte en el examen MIR, si es necesario, introduciendo un matiz en el redactado: "Se podrá requerir, sí así se determina en la correspondiente convocatoria, una puntuación mínima para superar la prueba objetiva y contestar correctamente a un número mínimo de preguntas que valoren aspectos nucleares de las titulaciones requeridas para participar en las pruebas".