"El médico, para poder reparar el daño que pudiera causar en el ejercicio de su profesión, debe disponer de un seguro de responsabilidad civil profesional". El artículo 24.4 del nuevo Código de Deontología Médica de la Organización Médica Colegial (OMC), publicado recientemente, pide por primera vez al personal facultativo que contrate una cobertura privada ante posibles demandas por presuntas malas praxis asistenciales.
Si bien en el ámbito de la actividad sanitaria privada es obvio que los facultativos y facultativas deben disponer de este paraguas, en el sistema público de salud no sería tan necesario en principio, porque la contratación del seguro corre a cargo de la Administración. Sin embargo, los colegios profesionales médicos señalan que la póliza tampoco sobraría “por eventualidades que pudieran no estar cubiertas”.
Metges de Catalunya (MC) ofrece a su afiliación un seguro de responsabilidad civil, con condiciones especiales y precios ajustados a cada especialidad médica, sin exclusión por pandemia o siniestro de serie.
En el caso concreto del colectivo MIR, el sindicato proporciona una póliza gratuita de primer nivel durante todos los años de la formación sanitaria especializada, con todas las garantías y mejores coberturas. Se trata de un seguro ideado para las necesidades específicas de los médicos y médicas residentes que, incluso, cubre las reclamaciones anteriores a la contratación.
Con esta cobertura, el personal MIR se ahorra más de 1.500 euros durante el período de residencia, con la seguridad de contar con un rango de coberturas que igualan o mejoran las que ofrecen otros seguros del mercado.