Permisos retribuidos y no recuperables de las personas trabajadoras para votar en las elecciones europeas del 9-J

Eleccions europees 2024

El Departamento de Empresa y Trabajo ha hecho pública la Orden EMT/112/2024, de 17 de mayo, por la cual aquellas personas que tengan que trabajar el próximo domingo, 9 de junio, día de las elecciones de diputados y diputadas en el Parlamento Europeo, tienen derecho a disfrutar de un permiso retribuido y no recuperable para ejercer su derecho a voto.

Las empresas deben conceder entre dos y cuatro horas a sus empleados, las cuales dependen del tiempo de coincidencia de la jornada laboral con el horario de apertura de los colegios electorales. 

Taula hores de permís eleccions europees 9-J


La determinación del momento en que se pueden usar las horas concedidas para votar es potestad de la empresa, que podrá pedir a sus trabajadores y trabajadoras el justificante acreditativo que expide la misma mesa electoral para demostrar que se ha ejercido el derecho a voto y poder cobrar el salario del tiempo empleado para hacerlo.

Por otro lado, a las personas trabajadoras que acrediten la condición de miembro de una mesa electoral o de interventores se les tiene que conceder un permiso retribuido y no recuperable durante la jornada completa del 9-J. Además, tienen permiso para ausentarse del trabajo las cinco primeras horas de la jornada laboral del día siguiente a las elecciones. Este permiso se hará también extensivo a todas las personas que no trabajen este domingo, pero que acrediten ser miembros de mesa o interventores.

En cuanto a los empleados y empleadas que sean apoderados de un partido y que el día de las elecciones no disfruten del descanso semanal, tendrán un permiso retribuido y no recuperable que cubrirá toda la jornada electoral.

Asimismo, a las personas que tengan que trabajar en el turno de noche del día previo a las elecciones, la empresa debe facilitar, a petición del interesado o interesada, el cambio de turno para que este pueda descansar la noche anterior a los comicios.

Aun así, Metges de Catalunya (MC) recuerda a sus afiliados y afiliadas que, en caso de tener dificultades para ejercer el derecho de sufragio o encontrarse con la negativa de la empresa a concederles el correspondiente permiso, pueden contactar con el sindicato para reclamar por escrito, si es necesario, la negación de la autorización.