MC demanda a ocho empresas sanitarias ante el TLC por descontar indebidamente el 5% del sueldo a los MIR

Metges de Catalunya (MC) ha presentado ocho demandas ante el Tribunal Laboral de Cataluña (TLC) para reclamar a sendas empresas de la red sanitaria concertada que retornen a los facultativos en formación (MIR) el 5% de sus retribuciones, indebidamente recortadas desde el 1 de mayo de 2015. Las entidades demandadas son: la Corporació de Salut del Maresme i la Selva (CSMS), el Consorci Sanitari Integral (CSI), el Consorci Sanitari de l’Anoia (CSA), el Consorci Sanitari de Terrassa (CST), el Consorci Sanitari del Maresme (CSdM), la Corporació Sanitària Parc Taulí, el Hospital de Vic y el Hospital de Figueres. El sindicato médico alega, por un lado, que el descuento del 5% ya no se puede llevar a cabo por la pérdida de la vigencia de la norma que la ordenaba, y por el otro, que a raíz de la entrada en vigor del convenio colectivo del SISCAT, el personal MIR no puede ver afectado su salario porque no percibe el complemento variable por objetivos (DPO), concepto sobre el que se debe aplicar el descuento salarial del 5% según el propio texto del convenio.

Con el I Convenio Colectivo de trabajo de los hospitales de agudos, centros de atención primaria, centros sociosanitarios y centros de salud mental concertados con el Servei Català de la Salut (CatSalut), firmado el verano del año pasado por las patronales del sector y los sindicatos CCOO, UGT y SATSE, se han recuperado las tablas salariales del año 2008, previas a los recortes salariales. Sin embargo, como se ha interpretado que los reales decretos que en 2010 establecieron la reducción del 5% de los salarios de los trabajadores públicos continúan vigentes, el personal sujeto al convenio de la sanidad concertada debe ver mermada sus retribuciones en esta misma proporción.

La fórmula que el convenio establece para aplicar este descuento obligatorio es la deducción de los importes percibidos como DPO. Según el pacto, sólo se podrá recortar el 5% contra este complemento retributivo, excepto en aquellos trabajadores que no lo perciben. En este caso, el texto insta a la negociación entre las empresas y los representantes de los trabajadores para decidir qué condiciones laborales deben verse afectadas, "sin que en ningún caso pueda afectar a las tablas salariales".

Teniendo en cuenta que el colectivo MIR no percibe DPO, MC considera que las ocho empresas demandadas han decidido de forma "unilateral e indebida" reducir el sueldo de estos profesionales, cuando el texto del convenio señala la necesidad de que se produzca una negociación y determina que las medidas que se deriven no pueden afectar las tablas salariales.

Por este motivo, el sindicato reclama que la decisión de descontar el 5% de las retribuciones de los MIR quede sin efectos y que las entidades devuelvan las cantidades debidas más los correspondientes intereses de mora.