El médico de urgencias de la XHUP tiene derecho a acceder a la carrera profesional

El médico con contrato indefinido adscrito al servicio de urgencias de un centro de la Red Hospitalaria de Utilización Pública (XHUP), con título de especialista o con un mínimo de siete o más años de experiencia y con una dedicación igual o superior al 75% de la jornada máxima anual tiene derecho a acceder al nivel A del sistema de incentivación, promoción y desarrollo profesional (SIPDP), según el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

La resolución del TSJC, que ratifica una sentencia de primera instancia, da la razón a Metges de Catalunya (MC) en una demanda presentada contra el Consorci Sanitari de l'Alt Penedès por haber negado el acceso a la carrera profesional a dos facultativos adscritos al Servicio de Urgencias de este hospital.

La empresa alega que estos médicos no pueden participar del sistema de incentivación porque han sido contratados específicamente para realizar guardias, una excepción reconocida en el convenio laboral de la XHUP (anexo 10).

Sin embargo, el sindicato considera que los facultativos forman parte de la plantilla del centro, puesto que tienen un contrato indefinido y hacen una jornada ordinaria, en este caso en el Servicio de Urgencias, pese a que su horario laboral se distribuya por módulos de atención continuada. Por lo tanto, MC argumenta que sus demandantes tienen el mismo derecho de acceso a la carrera profesional que el resto de personal médico.

La sentencia reconoce que la empresa sanitaria retribuye a estos médicos como trabajadores en jornada ordinaria por todas las horas que hacen hasta la jornada máxima del convenio y en función de su categoría profesional. De acuerdo con la directiva europea, el juez no distingue entre el tiempo de trabajo realizado en los diferentes servicios de planta y en los servicios de urgencias, considerándolo en todos los casos jornada ordinaria.

La resolución señala que los demandantes tienen su jornada anual planificada y programada y, en consecuencia, forman parte de la plantilla de la empresa. Además, reúnen los requisitos previstos en el convenio de la XHUP para acceder al SIPDP: tienen el título de especialista o acreditan siete o más años de experiencia hospitalaria, llevan un mínimo de un año de prestación de servicios en el centro evaluador y tienen una dedicación igual o superior al 75% de la jornada máxima anual determinada en el convenio.