El Sindicat de Metges de Catalunya consigue que el MIR pueda librar después de una guardia

Jueves, 26 Septiembre, 2002

La decisiva actuación del Sindicat de Metges de Catalunya (SMC-CESM) ha obligado al Institut Català de la Salut (ICS) a rectificar y a reconocer el derecho del Médico Interno Residente (MIR) a librar después de una guardia.

En respuesta a la reclamación presentada por el SMC-CESM el pasado mes de mayo, la gerente del ICS, Alícia Granados, ha dictado una resolución en la que declara nula la cláusula (3a f) del contrato que vincula el MIR con la Administración, en la que consta textualmente que "...la prestación de servicios nocturnos de presencia física no implicará la libranza el día siguiente al de su realización".

La medida se aplica a los contratos suscritos durante el año 2002 y a los firmados con anterioridad puesto que, según la resolución, esta cláusula "no se ajustaba a la normativa vigente".

El SMC-CESM ha acogido con satisfacción la decisión tomada por la gerencia del ICS. Para el abogado del sindicato, Josep Ramon Oncins, la resolución supone un adelanto laboral muy importante para el colectivo MIR de Catalunya porque "se le garantiza, adecuadamente, su nivel de formación y sus condiciones de trabajo". "Trabajar más de 24 horas seguidas -añade- era un riesgo tanto para el médico como para su paciente".

Con relación a la posterior demanda judicial que presentó el SMC-CESM el pasado mes de julio, al comprobar que la reclamación previa no prosperaba, Oncins afirma: "Tras la resolución del ICS, no hay razón objetiva para tirar adelante el conflicto colectivo que planteamos porque, al final, la Administración nos ha escuchado y nos ha dado la razón".