
El decreto de creación de la nueva especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias ha recibido el primer revés judicial ante los diferentes recursos contra la norma presentados por asociaciones, colegios y sindicatos, entre los cuales Metges de Catalunya (MC). El Tribunal Supremo ha dado la razón al Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (Icomem) en su recurso y ha invalidado el requisito que restringía el acceso extraordinario a la nueva titulación a los médicos generalistas titulados a partir del año 1995, sin especialidad reglada.
El alto tribunal ha avalado el argumento de la discriminación alegado por el Icomem y ha dictaminado que la exclusión de estos profesionales —así como de los extracomunitarios con el título homologado— es contraria al principio de igualdad recogido en la Constitución. El Ministerio de Sanidad de momento no ha movido ficha, a la espera que el Supremo se pronuncie respeto el resto de los recursos pendientes.
MC también se mantiene a la espera de la resolución jurídica para activar las campañas jurídicas que se deriven de los posibles cambios en el acceso extraordinario a la titulación. En este sentido, el sindicato también espera un pronunciamiento favorable del tribunal en cuanto a la solicitud del nuevo título por parte de los facultativos que reúnen los requisitos, pero que han quedado excluidos por prestar servicios en unidades que no son de urgencias hospitalarias.