MC reclama que el acceso de los inspectores a las historias clínicas sea limitado y autorizado por los pacientes

Metges de Catalunya (MC) insta al Departament de Salut a restringir el acceso "ilimitado, abierto y libre" que actualmente disponen los médicos inspectores del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas (ICAM) a las historias clínicas a través del programa informático e-CAP que se utiliza en las consultas de atención primaria del Instituto Catalán de la Salud (ICS) y otros proveedores de la red sanitaria pública. El sindicato afirma que el acceso no controlado a todos los datos recogidos en la historia clínica por parte de los médicos que evalúan los procesos de incapacitación temporal (IT) "vulnera el derecho a la intimidad y confidencialidad de los pacientes" y reclama que toda la información que se facilite a los profesionales del ICAM cuente con la autorización expresa del enfermo y que este "sea conocedor y tenga la certeza de que únicamente se da acceso a aquellos datos relacionados con la IT que está siendo evaluada ".

La organización ha dirigido la petición a la secretaria general de Salut, Roser Fernández, a quien ha recordado que la nueva Carta de Derechos y Deberes de la ciudadanía en relación con la salud y la atención sanitaria, presentada por la conselleria el pasado mes de octubre, recoge que el acceso a los datos resultantes de los actos médicos sólo lo pueden tener aquellos profesionales sanitarios relacionados directamente con la atención de la persona y que estos datos no se pueden facilitar a otros profesionales o familiares o personas vinculadas sin la autorización de la paciente interesado.

Para MC, este derecho es "incongruente" con la posibilidad que tienen los médicos inspectores del ICAM de acceder a las historias clínicas de los pacientes. Esta práctica, añade, "es contraria al Código de Deontología del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña y a toda una serie de leyes que protegen el derecho a la intimidad y el derecho a la confidencialidad de que deben disfrutar los pacientes". En este sentido, la organización señala como normativa de referencia la ley 16/2010 sobre los derechos de información concerniente a la salud y la autonomía del paciente y la documentación clínica, y la ley 5/1999 de protección de datos de carácter personal.

Además de la vulneración de "un derecho tan preciado como el de la intimidad de las personas", la consulta libre de la historia clínica por parte de facultativos externos supone una grieta en la relación de confianza que existe entre el médico de cabecera y sus pacientes, apunta el sindicato. "La información personal que a menudo transmiten los pacientes en beneficio de su atención sólo es posible en un clima de seguridad construido desde la certeza de que estas revelaciones no trascenderán a terceros por ninguna vía". Esta información, asegura, "puede resultar determinante para la calidad y los resultados de la asistencia prestada".

En el escrito dirigido a Salut, MC invoca los posicionamientos comunes del Col·legi de Métges de Barcelona (COMB), la Societat Catalana de Medicina Familiar i Comunitària (CAMFiC), el Síndic de Greuges de Catalunya y MC respecto a la necesidad de limitar el acceso al e-CAP de los médicos del ICAM para que únicamente puedan consultar los datos relevantes y necesarios para el ejercicio de sus funciones de evaluación de las IT, contando siempre con el consentimiento previo y expreso del paciente afectado.