El Supremo confirma que los trienios deben incluir el tiempo trabajado en cualquier centro de salud

Sentència Tribunal Suprem sobre triennis

La Sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha puesto luz a una de las grandes reclamaciones jurídicas que Metges de Catalunya (MC) hace años que tiene en marcha contra las empresas sanitarias. El alto tribunal ha resuelto un recurso de casación presentado por la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana y ha concluido que todo el tiempo trabajado en centros vinculados a la red de salud pública de la comunidad autónoma –con independencia de si son de titularidad pública o privada– se deben contabilizar a la hora de reconocer los trienios de los trabajadores y trabajadoras. 

El gobierno valenciano presentó el recurso después de que el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Elche estimara el recurso de una trabajadora de un hospital de la ciudad contra la desestimación de su solicitud de reconocimiento de los servicios prestados a entidades sanitarias concertadas a efectos de trienios. El Supremo ha concluido que el tiempo trabajado en centros que mantengan una “conexión relevante con el servicio público sanitario es computable”, puesto que en estos supuestos debe prevalecer “la naturaleza pública del servicio sanitario prestado a los usuarios” y no tanto la naturaleza pública o privada de la entidad gestora del centro. 

En Cataluña, MC ya logró una victoria en los tribunales de justicia por la misma cuestión a principios de este año después de que una sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona diera la razón a un médico de familia que, representado por el Colectivo AiDE, el gabinete jurídico del sindicato médico, reclamara al Instituto Catalán de la Salud (ICS) que le tuviera en cuenta los 13 años de servicios que había prestado en el Hospital Universitario Mutua de Terrassa a la hora de calcular el complemento de antigüedad por trienios. 

Ahora, con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo sienta un precedente y fija el criterio a seguir, que teóricamente se deberá aplicar en todas las comunidades autónomas y demandas por dicha cuestión, confirmando que los facultativos y facultativas tienen derecho a que se les reconozca a efectos de trienios el tiempo trabajado en cualquier otro centro de salud. 

Campaña de reclamación
De este modo, MC retoma su campaña para reclamar el reconocimiento de los trienios trabajados en centros del Sistema Sanitario Integral de Utilización Pública de Cataluña (SISCAT), tanto públicos como concertados y privados, desde los servicios jurídicos del sindicato. Así pues, las personas que trabajen en un centro del Instituto Catalán de la Salud (ICS), se encuentren en esta situación y estén interesadas en interponer una reclamación deberán enviar un correo a lex@metgesdecatalunya.cat para recibir toda la información sobre el procedimiento a seguir.