Una nueva sentencia deja claro que los trienios tienen que incluir el tiempo trabajado en cualquier centro de salud

Sentència sobre triennis

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Barcelona ha vuelto a reconocer el derecho de los profesionales facultativos a que se les contabilice a efectos de trienios el tiempo trabajado en cualquier centro de salud del Sistema Sanitario Integral de Utilización Pública de Cataluña (SISCAT), con independencia de si es de titularidad pública o privada.

El tribunal ha resuelto un recurso contencioso-administrativo presentado por un facultativo que, representado por el Colectivo AiDE –el gabinete jurídico de Metges de Catalunya (MC)–, ha reclamado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) que le tenga en cuenta los 11 años de servicios prestados en el Hospital Universitario Mutua de Terrassa al calcular el complemento de antigüedad por trienios.

La sentencia le ha dado la razón y ha puntualizado que el centro hospitalario tarrasense es “una entidad del sector público que presta un servicio esencial como el sanitario, encajando, cuando lo presta, en el concepto de Administración instrumental pública al que se refiere el art. 2 de la actual Ley 40/2015, de 1 de octubre”. Así pues, el tribunal ha obligado al ICS a tener en cuenta los años trabajados por el facultativo en Mutua de Terrassa a efectos de trienios, así como a reconocer su derecho a cobrar los atrasos económicos correspondientes a las nóminas de los cuatro años previos a la reclamación.

Se trata de la cuarta sentencia en esta línea que reconoce que, a efectos de trienios, se debe incluir el tiempo trabajado en cualquier otro centro vinculado a la red pública de salud. Sin embargo, esta no es firme y la empresa pública podría interponer un recurso de apelación contra ella.

Campaña de reclamación
Esta nueva victoria judicial ha vuelto a avalar una de las reclamaciones jurídicas que MC tiene en marcha desde hace años contra las empresas sanitarias. En este sentido, el sindicato médico mantiene abierta la campaña para que el personal facultativo del ICS que también haya ejercido en centros del SISCAT, sea en públicos, concertados o privados, reclame el reconocimiento de los años trabajados en el cómputo de trienios de la empresa pública, así como la contabilización del tiempo de residencia realizado en cualquier centro de salud.

Las personas interesadas en interponer una reclamación deben enviar un correo electrónico a lex@metgesdecatalunya.cat para recibir toda la información sobre el procedimiento a seguir.