Metges de Catalunya (MC) recomienda a los facultativos que contrajeron la COVID-19 durante la primera ola de la pandemia (marzo-abril de 2020) que inicien las gestiones para reclamar una posible indemnización por la responsabilidad empresarial por el contagio. El sindicato considera que, tanto los profesionales que siguen sufriendo las secuelas del coronavirus como los que se infectaron por la insuficiencia de equipos de protección individual (EPI), tienen derecho a percibir un recargo y una compensación por daños y perjuicios según las diferentes normativas aplicables en el ámbito de la salud laboral y la prevención de riesgos laborales.
En este sentido, la organización recuerda que el primer paso es pedir el cambio de contingencia a la Seguridad Social para que el contagio se tipifique como accidente de trabajo y no como enfermedad común. Una vez presentada la petición, se deberá interponer una denuncia ante Inspección de Trabajo y un requerimiento al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para conseguir que la empresa haga frente a un recargo sobre las prestaciones recibidas por el trabajador por no haber evaluado los riesgos existentes o por la falta de medidas de seguridad y protección proporcionadas. A continuación, y en función de la casuística de la persona afectada, se deberá presentar una demanda para reclamar los daños y perjuicios derivados de la responsabilidad empresarial sobre el daño sufrido por el profesional.
Teniendo en cuenta que casi ha transcurrido un año de los primeros contagios verificables y con el objetivo de evitar la prescripción del período legal de reclamación, MC aconseja a las personas afectadas que agilicen el inicio de los procedimientos necesarios para conseguir las compensaciones. Así, el sindicato ofrece sus servicios jurídicos a los facultativos interesados para asesorarlos, acompañarlos y gestionar todo el proceso. Para solicitarlo, deben enviar un correo electrónico a lex@metgesdecatalunya.cat.