El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Lleida ha estimado la demanda presentada por un facultativo que denunciaba la vulneración de su derecho de huelga y ha condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a reparar el daño moral que se le infringió durante el paro convocado por Metges de Catalunya (MC) los días 25 y 26 de enero de 2023. Los tribunales han dado la razón al demandante, defendido por los servicios jurídicos del sindicato, al considerar que el ICS impidió que el facultativo ejerciera el derecho de huelga, obligándole a realizar parte de la agenda ordinaria de visitas programadas mientras formaba parte del personal designado como servicios mínimos. El juzgado ha impuesto a la empresa pública una indemnización de 7.501 euros al profesional médico afectado.
En su argumentación jurídica, la magistrada concluye que, según la documentación aportada por ambas partes, el facultativo, que trabajaba como parte de la plantilla en servicios mínimos, "tuvo que realizar el mismo trabajo que cualquier otro día", porque tuvo que atender tanto las visitas espontáneas como algunas programadas. Además, reprocha al ICS que no haya acreditado que la totalidad de estas visitas se podían interpretar como parte de la actividad esencial recogida en el orden de servicios mínimos decretada por el Departamento de Trabajo. "No concurre la proporcionalidad entre el ejercicio del derecho de huelga y el cumplimiento de unos servicios mínimos que comportaron, en este supuesto, la realización por parte del recurrente de la agenda ordinaria", aduce la juez.
Así las cosas, la actuación de la Administración vulneró un derecho fundamental, lo que constituye una infracción grave del ordenamiento jurídico. Por ese motivo, el demandante percibirá una indemnización de 7.501 euros. MC muestra su satisfacción por la sentencia y espera que sirva de precedente para futuras convocatorias de movilizaciones para que las empresas sanitarias "respeten escrupulosamente el derecho de huelga y la prestación asistencial se ciña a lo que recojan los servicios mínimos fijados en cada momento".
El sindicato tiene otro litigio abierto relacionado con los servicios mínimos de la vaga del pasado enero. MC impugnó la orden de Trabajo que definía a los médicos internos residentes (MIR) como personal disponible para la realización de la asistencia esencial y está a la espera de la debida resolución judicial.