El Juzgado de lo Social número 3 de Granollers ha condenado al Consorci Hospitalari de Vic (CHV) por vulnerar el derecho fundamental de huelga de tres médicas residentes durante las movilizaciones convocadas por Metges de Catalunya (MC) en octubre de 2020. En su sentencia, la juez concluye que la empresa no acreditó la necesidad de que las tres MIR, defendidas por las abogadas del sindicato médico, realizaran servicios mínimos para cubrir jornadas ordinarias de trabajo.
En este sentido, recrimina al CHV que no aportara prueba alguna a las demandantes para justificar los requisitos de urgencia y necesidad vital que fijaba el decreto de servicios mínimos del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias a la hora determinar qué MIR estaban forzados a trabajar.
Para la magistrada, “resulta evidente que la imposición a las demandantes de la prestación de sus servicios en el período de jornada ordinaria conculcó su derecho fundamental de huelga (art. 28 CE), al haberse extralimitado la empresa demandada en el establecimiento de los servicios mínimos fijados por el Departamento de Trabajo”.
De este modo, ha condenado al CHV por conculcar el derecho de huelga de las médicas que, además, recibirán una indemnización económica por daños y perjuicios.
MC recuerda que la orden de servicios mínimos dicta por Trabajo también fue invalidada por la justicia en cada una de las tres convocatorias de huelga MIR que realizó el sindicato durante los meses de septiembre y octubre de 2020. Así, la organización celebra esta nueva victoria judicial que, de cara a futuras movilizaciones, "debe dejar claro que los residentes tienen derecho a hacer huelga sin limitaciones arbitrarias".