La justicia da la razón a MC y confirma que los servicios mínimos de la huelga MIR no estaban justificados

Vaga MIR 29 Setembre

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha estimado el recurso presentado por Metges de Catalunya (MC) contra el decreto de servicios mínimos dictado por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias el pasado 25 de septiembre con motivo de la huelga de médicos internos residentes (MIR) convocada por el sindicato profesional los días 28, 29 y 30 de septiembre, y 1 y 2 de octubre de 2020. Los magistrados han confirmado que la orden de Trabajo no estaba suficientemente motivada, ya que no justificaba "los factores o criterios que permiten valorar la necesidad y, en su caso, la proporcionalidad de esta medida limitadora del derecho a la huelga de los MIR".

De este modo, la sentencia del TSJC avala los principales argumentos jurídicos del recurso de MC en el sentido de que el decreto de servicios mínimos del Departamento de Trabajo incurría en una falta de concreción, proporcionalidad y justificación. Un hecho que, en la práctica, suponía que el 100% del personal MIR pudiera ver limitado su derecho fundamental a la huelga.

Así, la Sala expone que la orden recurrida no determina "de manera ponderada e individualizada" el número de MIR requeridos para el normal funcionamiento de los servicios afectados, "ni la plantilla titular de los mismos, los trabajos que no pueden sufrir interrupción o la prestación que tenga que mantenerse". La ausencia de una justificación detallada constituye, según los magistrados, un "vicio esencial" que perjudica un derecho básico recogido en la Constitución.

Aunque la resolución se ha producido una vez finalizado el conflicto que provocó la convocatoria de paros, MC valora la sentencia como "determinante" de cara a futuras movilizaciones que impliquen a los residentes. "La utilización de los MIR como peones del sistema sanitario no puede tener continuidad y será necesario justificar con mucha precisión y fundamento las decisiones que restrinjan derechos fundamentales como el derecho a la huelga".