MC firma las mejoras retributivas pactadas en el III Acuerdo del ICS, que se cobrarán a partir de febrero con efecto retroactivo desde el 23 de noviembre

Signatura de MC de les noves taules retributives del III Acord de l'ICS

El consejero de Salud, Manel Balcells, y los sindicatos firmantes del III Acuerdo sobre las condiciones de trabajo del personal estatutario del Instituto Catalán de la Salud (ICS) –Metges de Catalunya (MC), CCOO, UGT y SATSE– han firmado las nuevas tablas retributivas pactadas. Dichos incrementos se comenzarán a ver reflejados en la nómina de febrero, con la obligación de ser compensada la subida con efecto retroactivo desde el 23 de noviembre de 2023, es decir, el día después de la firma del preacuerdo

Ahora, después de la firma de estas mejoras salariales y profesionales, la organización sindical espoleará al ICS para que se ponga al día cuanto antes con los atrasos acumulados desde la firma del pacto. Así pues, los trabajadores y trabajadoras de los 289 equipos de atención primaria y los ocho hospitales de la empresa pública que hay en el territorio tendrán que poder visualizar las mejoras económicas en sus nóminas lo antes posible.

Asimismo, cabe recordar que el reconocimiento de todos los años efectivamente trabajados en el sistema público de salud para solicitar los niveles de carrera profesional –incluyendo los años de residencia–, el reconocimiento del nivel de carrera que acrediten los facultativos y facultativas provenientes de la red concertada, y los ajustes y límites de la jornada anual de trabajo, entre otras medidas organizativas, ya deberían estar vigentes, puesto que son exigibles desde el 13 de diciembre, el día posterior a la ratificación del pacto por parte del Consejo Ejecutivo del Govern.

Cambios retributivos
El sindicato médico comparte los incrementos de las categorías profesionales más numéricas de este nuevo pacto respeto los del II Acuerdo –firmado en 2006, pero sin el apoyo de MC– y resume los principales cambios para los diferentes profesionales sanitarios, sin tener en cuenta la retribución variable por objetivos (DPO) ni el complemento de carrera profesional, salvo el incremento vinculado a la mejora relacionada con los cambios en la misma por la especialidad o especialización.

Comparativa taules retributives II i III Acord de l'ICS