El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón a dos médicos internos residentes (MIR) del Hospital de Tortosa Virgen de la Cinta que, a través de la asesoría jurídica de Metges de Catalunya (MC), reclamaban al Instituto Catalán de la Salud (ICS) el pago en la nómina de vacaciones del complemento de atención continuada percibido por las guardias realizadas durante los once meses anteriores.
Estas dos resoluciones del alto tribunal estiman los recursos de súplica interpuestos por los demandantes ante dos sentencias del Juzgado Social nº 1 de Tortosa, que en ambos casos había desestimado la demanda interpuesta contra la empresa pública. En esta ocasión, el TSJC alega que el Tribunal Supremo ya dictó en 2019 que la nómina de vacaciones ha de incluir los conceptos salariales que los trabajadores perciben de forma habitual durante el resto del año.
Así pues, el tribunal alega que la realización de guardias presenciales y de localización se entiende como “una actuación normal y ordinaria” y constituye una “obligación” también para los residentes, aceptando que su correspondiente complemento también debe formar parte de la retribución habitual de los médicos y médicas residentes.
En este sentido, el TSJC ha argumentado lo que MC siempre ha defendido: que la remuneración del personal facultativo ha de mantenerse estable durante todo el año, de modo que los ingresos que perciben en los períodos legales de descanso por vacaciones no pueden ser inferiores a los habituales.
Aunque las resoluciones todavía no son firmes, el sindicato médico celebra estas nuevas victorias judiciales y espera que tanto el ICS como el resto de empresas sanitarias sigan el criterio del alto tribunal para ahorrar a los afectados haber de pasar por estos procesos judiciales.