Metges de Cataluña (MC) recuerda a sus afiliados y afiliadas que el sindicato mantiene abierta la campaña de reclamación jurídica para pedir que, durante los períodos de baja por incapacidad temporal, por suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo y también en los periodos de permiso de maternidad y paternidad, se perciban las retribuciones fijas y periódicas que forman parte de la remuneración habitual de los facultativos. En diciembre de 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSCJ) sentenció que las guardias de presencia física o localizada, obligatorias para el personal médico, son parte del sueldo normal y ordinario y se deben incluir en el complemento que, en función de los acuerdos o del convenio colectivo, abonan las empresas para incrementar el subsidio básico de la Seguridad Social.
Desde entonces, el sindicato ha ganado diferentes sentencias que han condenado a las empresas a abonar las cantidades no percibidas durante la baja. Es por este motivo que MC anima el personal facultativo que se encuentre en alguna de las situaciones de baja anteriormente descritas a reclamar la percepción de estos ingresos hasta alcanzar la retribución habitual.
Los profesionales interesados en presentar la reclamación deben ponerse en contacto con el sindicato por medio del correo electrónico lex@metgesdecatalunya.cat desde el que se informará del procedimiento a seguir. La organización recomienda que el contacto se realice desde el momento de recibir la baja. Con todo, si ésta es antigua, MC también aconseja que se presente la reclamación.