El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado la razón a los 52 médicos internos residentes (MIR) de diferentes centros de trabajo del Instituto Catalán de la Salud (ICS) de la provincia de Barcelona que, a través de la asesoría jurídica de Metges de Catalunya (MC), han reclamado a la empresa pública la inclusión del complemento de atención continuada por las guardias médicas en la nómina de vacaciones.
Con esta, ya son cuatro las sentencias del TSJC que avalan el derecho de los residentes a percibir un complemento retributivo correspondiente a la media de las guardias anuales realizadas en al nómina de vacaciones. El tribunal alega que la realización de guardias presenciales y de localización es “una obligación” para todos los residentes y, por lo tanto, forma parte de la jornada “normal, ordinaria y estable” de dicho personal. De este modo, sostiene que su complemento también se debe incluir en la retribución habitual de los MIR, tal y como ya confirmó el Tribunal Supremo en 2019.
Así pues, a pesar de que la resolución todavía no es firme y queda en manos del Supremo –si se presenta recurso de casación–, el TSJC ha condenado al ICS a abonar a los trabajadores demandantes los importes no satisfechos en el salario del mes de vacaciones.
Reclamación importes 2023
MC mantiene abierta una campaña jurídica para que los residentes del ICS que en 2023 no percibieron la media de las guardias trabajadas puedan reclamar jurídicamente el abono de dicha cantidad. Y es que, aunque el Govern aprobó un acuerdo que establece que este concepto salarial se debe abonar por defecto a los MIR, el año pasado no se hizo efectivo.
Así pues, las personas interesadas en interponer una reclamación han de contactar con el sindicato, enviando un correo electrónico a mir@metgesdecatalunya.cat antes del martes 30 de abril para recibir toda la información sobre el procedimiento a seguir.